
Una de la deducciones más interesantes y habituales para muchas empresas son las amortizaciones, que registran la perdida de valor, por su uso, de los bienes de la empresa. Hacienda nos proporciona unas tablas para aplicar estas amortizaciones y así reducimos nuestra factura tributaria en el impuesto sobre sociedades. Además como empresas de reducida dimensión tenemos la posibilidad de ahorrar mucho más en impuestos con la libertad de amortización y así obtener liquidez para afrontar las necesidades económicas de la empresa.
EN QUE CONSISTE:
Si en el año 2019 realizamos inversiones y además hemos incrementado nuestra plantilla respecto al ejercicio 2018 podemos amortizar libremente estas inversiones.
LOS REQUISITOS:
– Nuestra empresa debe tener la calificación de empresa de reducida dimensión (PYMES) en el ejercicio de la inversión: la cifra de negocios en el año anterior, en este caso el año 2018, no puede superar los 10 millones de Euros.
– Que las inversiones realizadas en el ejercicio 2019 sean elementos nuevos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias.
COMO CALCULAR NUESTRA DEDUCCIÓN:
El resultante de multiplicar 120,000 por el incremento de plantilla de la empresa en los años 2019 y 2020 respecto a la plantilla media del año 2018
EJEMPLO:
Una empresa tributa en el 2019 según el régimen de empresa de reducida dimensión. Invierte en un elemento nuevo por un importe de 75.000 Euros. La amortización de este bien, según tablas de Hacienda, es del 12% anual. La plantilla se ha incrementado en un 1,2.
120,000*1,2= 90,000
En este caso podrá aplicar la libertad de amortización en el 2019 de toda la inversión, los 75.000 Euros
EJERCICIO | AMORT.CONTABLE | AMORT.FISCAL | AJUSTE |
2019 | 9.000 | 75.000 | Positivo 66.000 |
2020 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2021 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2022 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2023 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2024 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2025 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2026 | 9.000 | — | Negativo 9.000 |
2027 | 3.000 | — | Negativo 3.000 |
TOTAL | 75.000 | 75.000 |
El gasto contable por amortización de este bien revierte y se ajusta en positivo en los siguientes años para que la amortización contable y fiscal coincidan en el mismo importe.
Es un método de financiación que articula nuestros legisladores, a coste cero.
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